
Comunicado sobre pacientes de IPSS
La Comisión de Obras Sociales conjuntamente con el Tribunal de Ética recuerda a los colegas que para pacientes afiliados a IPSS:
* Los consentimientos de atención virtual y presencial a mayores de 12 años, deben ser completados íntegramente por el paciente (firma, aclaración y demás datos).
* En el caso de atención a menores de 12 años, debe firmar el adulto que acompaña, no el menor, aclarando grado de parentesco siempre.
• Para la atención de 2° familiar se requiere adjuntar historia clínica, la omisión de HC por convenio es causal de débito.
* Las firmas de cada sesión deben ser realizadas por los pacientes/afiliados, de lo contrario se incurre en falta ética grave.
* Del punto anterior surge que no se deben recibir pacientes con “carnet prestado” (este punto es válido para todas las OS y empresas de medicina prepaga con las cuales el CPPS tiene convenios)
* Los recetarios deben tener membrete con *todos los datos del profesional, es obligatorio *consignar: nombre, mp y dirección del consultorio habilitado.
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