Implicancias del nuevo convenio con el IPSS
Información importante acerca del nuevo convenio con el IPSS:
* Las modificaciones entran en vigencia en octubre/23
* Los incrementos serán retroactivos al 1/9/23
* Eliminación de cláusula de restricción de atención a menores de 12 años: todo profesional, pertenezca o no al Padrón B, podrá atender menores de 12 años.
* Modificación en la práctica del Psicodiagnóstico: se requieren 4 sesiones por módulo. Solo se cubre Psicodiagnóstico referido a aspecto clínico. No está cubierto el Psicodiagnóstico educacional ni laboral, los cuales podrán cobrarse de acuerdo al VAR.
* Incorporación de nuevas prácticas en el nomenclador: Evaluación Neurocognitiva y Rehabilitación Neurocognitiva, previa presentación de CV en el CPPS que acredite formación específica.
* La atención virtual será cargada por sistema normalmente aclarando en “observación” el motivo de la misma (queda sujeto a auditoría específica)
* Modificación de código diagnóstico: exclusivamente según CIE-10 (ya no se usará Anexo IV).
* Incorporación de 4 ítems refacturables: falta de edad, error en número de autorización, falta cantidad de sesiones y falta de consentimiento.
* Discapacidad: se había solicitado que se pague por las prácticas el 70% del valor ley. IPSS aclaró que está pendiente una reglamentación, una vez que la misma se efectivice saldrá por resolución. Para poder atender se deberá presentar CV que acredite formación específica al CPPS.
A LA BREVEDAD SE MODIFICARÁ EN LA CARTILLA DIGITAL DE LA PÁGINA WEB DEL CPPS LO ESPECIFICADO Y LOS VALORES RESPECTIVOS A CADA PRACTICA.
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