Otorgamiento de Licencias Psicológicas
La Comisión Directiva del Colegio Profesional de Psicólogos de la provincia de Salta comunica que se encuentra en vigencia el marco normativo que habilita a psicólogas y psicólogos a otorgar licencias y certificados de aptos psicológicos, lo que nos obliga a establecer mecanismos de comunicación para revertir esta situación.
Cuando algún profesional dicte una licencia psicológica o una certificación de aptitud psicológica a algún paciente, no debe ser rechazada por el sector empleador (sea público o privado). Según indica la Ley Nº 6063/83 de la Provincia de Salta, quienes ejerzan la profesión de psicólogo en el ámbito Provincial podrán aplicar o indicar técnicas específicamente psicológicas en: “la investigación de la conducta humana, en el diagnóstico, pronóstico y tratamiento de la personalidad, y a la recuperación, conservación y prevención de la salud mental de las personas; el desempeño de cargos, funciones, comisiones o empleos por designación de autoridades públicas, incluso nombramientos judiciales; la emisión, evacuación, expedición, presentación de consultas, estudios, consejos, informes, dictámenes, peritajes, etc.”
Además de la Ley Provincial, nos avalan dos leyes de alcance nacional, como la Ley de Educación Superior y la Ley de Salud Mental.
Más allá de cuestiones legales, burocráticas y de idas y vueltas que produce este desconocimiento de los alcances legales de las incumbencias específicas, el principal perjudicado es el paciente. Más aún, en el marco de una batería de leyes que reconocen a la salud mental como un proceso determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona.
Salta, 29 de enero de 2020
COMISIÓN DIRECTIVA
Lic. Irma Lidia Silva
Presidente
Colegio de Psicólogos de Salta
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