
MEDIDAS DE LA CAJA CON MOTIVO DEL CORONAVIRUS 28-03-2020
CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL DE PROFESIONALES PARA LA SALUD DE SALTA
MEDIDAS DE LA CAJA CON MOTIVO DEL CORONAVIRUS 28-03-2020
En un marco de solidaridad, atentos a la situación que vive el país y cada uno de nuestros afiliados y de la cuarentena total y obligatoria dispuesta por los Gobiernos Nacional y Provincial hasta el 31 de marzo, con posibilidad de extenderla por mayor tiempo, se implementan las siguientes medidas, con la aclaración que la Caja no puede eximir el pago de aportes y cuotas que son destinadas al pago de las prestaciones previsionales, pero sí implementar acciones que minimicen las dificultades financieras actuales :
CUOTAS DE PRESTAMOS
- Las cuotas de préstamos con vto. en marzo de 2020, podrán ser abonadas sin recargo hasta el día 30 de abril.-
- Las cuotas siguientes, podrán ser abonadas sin recargo hasta 30 días después de su vto. Las cuotas que vencen en abril se podrán abonar sin recargo hasta el 10 de mayo y 25 de mayo respectivamente (según el vto. original) y así sucesivamente para cuotas de meses siguientes. Esto se aplicará para cuotas a vencer hasta agosto de 2020 inclusive.-
- Las cuotas de préstamos con vto. anterior a marzo de 2020, impagas al comienzo de la cuarentena, serán eximidas del pago de intereses por el importe equivalente a un mes de atraso.-
APORTES PREVISIONALES
- Los aportes previsionales desde marzo/2020, podrán ser abonados sin recargo por el término de 120 días desde su vencimiento. Esto se aplicará para aportes hasta el mes de agosto de 2020 inclusive-
- Para aportes anteriores no abonados al día 20 de marzo, también se aplica dicha prórroga; para los aportes de diciembre de 2019 se aplicarán recargos a partir del 10 de mayo, los de enero de 2020 podrán abonarse hasta el 10 de junio y así sucesivamente.-
OTRAS MEDIDAS:
- Los débitos automáticos en cuenta bancaria, seguirán efectuándose normalmente ( salvo opción en contrario del afiliado) siempre que técnicamente sea posible. Durante el mes de abril de 2020, no se informarán importes a retener a través de las Entidades facturantes (Colegios, Asociaciones y otras) salvo decisión expresa en contrario por parte del afiliado y si fuera técnicamente posible
- Al finalizar la cuarentena obligatoria, se podrán solicitar préstamos por emergencia social ( hasta $ 20.000,00 ) a sola firma con tasa bonificada al 50% y a devolver plazo máximo de seis (6) meses, para afiliados al día en aportes y cuotas de préstamos. Únicamente para profesionales que no trabajan en relación de dependencia y tienen como único ingreso el que proviene del ejercicio de la profesión en forma independiente; deberán justificar ingresos de meses anteriores al inicio de la cuarentena; no será incompatible si tienen otro préstamo en vigencia
- A partir del 11 de abril de 2020, se reducirá la tasa de interés para préstamos del 45% anual al 30% anual sobre saldos, para todas las cuotas no vencidas a esa fecha.-
- Se hace notar que la Caja aceptará pagos parciales de aportes mediante transferencia o depósitos bancarios, en la cuenta corriente N° 310000000110879 Banco Macro CBU N° 2850100630000001108797. Se encuentran habilitados los pagos a través de Pago Fácil y Pago mis cuentas ( solamente cuotas enteras)
- En breve si informarán los canales de comunicación, teléfonos y mail de referencia para consultas o tramitaciones urgentes
Un afectuoso saludo a todos. Cuídense y ….. quédense en casa todo el tiempo que puedan!!!!!
El Consejo de Administración
CSSPS
(*)Comunicación recibida con fecha 07/04/2020
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